El subsidio por desempleo sube a 570 euros y se amplía a menores de 45 años

El subsidio de desempleo se amplía a menores de 45 años, a gente que ha cotizado solo 6 meses y se hace más compatible con el trabajo.
26 de diciembre de 2023
xunta de galicia oficina empleo pontevedra bisbarra
Sede de Emprego de Pontevedra y SEPE

Para quienes estén cobrando o necesiten percibir el subsidio de desempleo, ese que se genera cuando todavía no se cobra la jubilación y ya se han agotado todas las prestaciones ofrecidas en el paro o se tiene 52 años, llega una buena noticia para estas Navidades. El Gobierno de Pedro Sánchez ha decidido subir la cuantía de los 480 euros actuales a 570 euros mensuales, pero además ha ampliado su acceso a menores de 45 años, personas cuya cotización social sea tan sólo de seis meses (en este caso pueden encontrarse muchos autónomos) y, además, lo hace más compatible con el trabajo, al hacerlo viable con 180 días por cada nuevo empleo.

Tras la aprobación del Consejo de Ministros del Real Decreto-Ley, el acceso al subsidio permitirá su otorgamiento a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares y se unifica la duración de este subsidio en los casos de tener responsabilidades familiares con independencia de la edad en el momento de agotar la prestación. También se podrán acoger al subsidio de cotizaciones insuficientes a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de responsabilidades familiares. 

Declaración de rentas un mes antes de ser prorrogable

Se mejora la accesibilidad ya que se suprime el mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva para presentar la solicitud de subsidio por agotamiento y se amplía a 6 meses el plazo de solicitud: la búsqueda de empleo no colisiona con la necesidad de solicitar el subsidio en plazos perentorios. Con carácter general, el derecho de subsidio nace en el día de su solicitud y desaparecen los llamados días consumidos por solicitud fuera de plazo. 

El periodo de reconocimiento se reduce a un trimestre y se exige el cumplimiento de los requisitos de carencia de rentas y/o de responsabilidades familiares en el mes natural anterior a la fecha de la solicitud inicial del subsidio y de cada una de sus prórrogas, exigiéndose expresamente una declaración responsable de rentas e ingresos del solicitante. 

Compatibilidad laboral

Se regula la compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena por un periodo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial sin reducción de la cuantía. 

Las prestaciones por desempleo (contributiva y subsidio) serán compatibles con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo o para realizar prácticas formativas o prácticas académicas externas en entidades públicas o privadas, que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre dichas entidades y el centro docente de que se trate. 

Subirá de 480 a 570 euros

La cuantía, vinculada al IPREM, será del 95% (570 euros mensuales) los 6 primeros meses; 90% los seis meses siguientes y el 80% el resto del período. Será aplicable a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores. Se mantiene el subsidio para mayores de 52 años en su cuantía del 80% IPREM. La percepción del nivel asistencial de desempleo se prolongará hasta 30 meses dependiendo de la edad, circunstancias familiares y la duración de la prestación agotada.

Renta agraria

Se unifican los requisitos de acceso a la Renta Agraria y al subsidio de trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario, sobre el cómputo recíproco de cotizaciones del PROFEA (Plan de Fomento del Empleo Agrario), lo que simplifica los requisitos de acceso y la gestión de estos subsidios específicos. De manera transitoria, se mantienen los derechos reconocidos con la normativa anterior hasta su extinción.

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