El pasado jueves 23 de julio la Sala 5º del Tribunal Supremo (TS) desestimó el recurso Contencioso-Administrativo presentado por la Asociación Pola Defensa da Ría de Pontevedra (APDR) relativo a la prórroga de la concesión a ENCE para mantenerse en el Domunio Público Marítimo Terrestre (DPMT). Esta decisión ha causado a la organización ecologista una profunda «decepción». Además critican la dilación en el tiempo, de algo más de dos años.
Por otro lado, APDR asegura que la decisión no fue unánime ya que hubo dos votos particulares del Tribunal Supremo contrarios, lo que en su opinión alberga serias dudas sobre la decisión adoptada. Y por si fuera poco, sospecha que el contexto en que se concedió la prórroga, dentro de la época Montoro induce a pensar cierta connivencia.
Contextualizar la prógrroga
Para APDR, «todo xorde no ano 2013 no que -vén de saír á luz- no goberno de Mariano Rajoy actuaba unha trama corrupta liderada por Montoro e na que ENCE participou como empresa corruptora, unha mafia que modificaba leis do ámbito financeiro en beneficio das empresas de distintos sectores. Nese ano, o Goberno Rajoy modificou tamén a Lei de Costas do ano 1988, desvirtuando o seu espírito ao permitir que as concesións en Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT), que caducaban no 2018, puidesen ser prorrogadas, unha decisión que beneficiou a ENCE ao conseguir, no ano 2016 e co goberno Rajoy en funcións, a prórroga á que fai referencia a decisión xudicial que nos ocupa», ha manifestado la Asociación en una Tribuna de Opinión a Pontevedra Viva.
Ahora la última palabra la tiene el Tribunal Constitucional, al admitir a trámite el pasado mes de mayo, el último intento del Concello de Pontevedra para frenar a la pastera. El gobierno de Lores aboga por que el Constitucional revoque la decisión del Supremo y retrotraiga el caso al Supremo para que lo valore nuevamente. Aduce que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, recogida en el Artículo 24 de la Constitución Española. Sólo si se consigue, podrá restituirse la validez de la sentencia de la Audiencia Nacional y, en última instancia, reabrir la puerta a la revisión constitucional del modelo de protección del dominio público marítimo-terrestre.